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Feminicidios en Colombia 2022: Ley Rosa Elvira Cely

Feminicidios en Colombia 2022: Ley Rosa Elvira Cely

Nota de prensa

Feminicidios en Colombia 2022: Ley Rosa Elvira Cely

calendar_today 06 Julio 2022

Feminicidios en Colombia 2022: Ley Rosa Elvira Cely
Consulta el comunicado

Bogotá D.C., julio 6 de 2022. Desde el 6 de julio del año 2015, en Colombia se conmemora la promulgación de la Ley 1761 “Por la cual se crea el tipo penal de feminicidio como delito autónomo y se dictan otras disposiciones (Rosa Elvira Cely)".

 

Este avance en el reconocimiento de la violencia de género en contra de las mujeres fue el resultado del esfuerzo de organizaciones feministas y de mujeres que por años exigieron al Estado la tipificación como delito de esta forma de violencia, para garantizar la investigación y judicialización adecuada de los feminicidas. Sin embargo, el rostro de este logro a nivel jurídico es el de Rosa Elvira Cely, una mujer bogotana de 35 años que fue asesinada, torturada y víctima de violencia sexual por parte de un compañero de estudio; este caso es el reflejo de la discriminación, desigualdad, violencia por razones de género y misoginia que le ha arrebatado la vida a miles de mujeres.

 

Esta ley contempla el feminicidio como la muerte de una mujer, por su condición de ser mujer o por motivos de su identidad de género. En 2021, las investigaciones tipificadas como feminicidio por la Fiscalía General de la Nación -FGN registran 194 víctimas[1] y la Defensoría del Pueblo, de manera preliminar, registró 35 mujeres transgénero víctimas[2]. En lo corrido de 2022, la Fundación Feminicidios Colombia ha registrado 129 casos de feminicidio[3] y la Red Comunitaria Trans, 11 feminicidios en mujeres trans[4].

 

Adicional, estos hechos de violencia consideran las siguientes circunstancias que lo configuran como delito[5]:

  • Tener o haber tenido una relación con la víctima. Esto permite establecer si existe una relación de confianza o no, entre la víctima y la persona agresora.
  • Ejercer sobre el cuerpo y la vida de la mujer actos de instrumentalización de género o sexual.  Se considera la existencia de otras manifestaciones de violencias de género como física y sexual, incluida la Mutilación Genital Femenina.
  • Cometer el delito en aprovechamiento de las relaciones de poder ejercidas sobre la mujer. Permite caracterizar personal, económica, sexual, militar, política o socioculturalmente a la víctima, para establecer las relaciones de poder desiguales entre ella y la persona agresora.
  • Cometer el delito para generar terror o humillación a quien se considere enemigo. Evidencia de la desigualdad de género, la discriminación y el odio.
  • Que existan antecedentes o indicios de cualquier tipo de violencia o amenaza por parte de la persona agresora contra de la víctima. El feminicidio es un continuum de violencia, esto permite establecer hechos de violencia de género previos a la muerte.
  • Que la víctima haya sido incomunicada o privada de su libertad. Se vulnera el derecho de libertad a la víctima, sin importar cuánto tiempo fuese.

Entender que las violencias de género tienen un efecto diferencial en mujeres y hombres, permite identificar y establecer los riesgos que existen para cada una. Así mismo, las medidas de prevención, atención y protección necesarias para las víctimas, posibles víctimas y sus familias.

 

Reconocer los feminicidios como un crimen de odio en contra niñas, adolescentes y mujeres, requiere de acciones no solo a nivel legislativo, también de acciones encaminadas a la transformación de estereotipos y roles de género, masculinidades alternativas, generación de capacidades sobre las violencias de género y desnaturalización de la violencia. De igual manera, acciones efectivas frente a las alertas por riesgo de feminicidio, facilidad de acceso a las rutas de atención de violencias y efectividad del sistema de justicia.

 

Por último, es fundamental avanzar en la medición de está problemática considerando las múltiples fuentes de información a nivel institucional y comunitario, garantizando una mejor aproximación al número de vícitmas y sus caracteristicas de sexo, identidad de género, edad, pertenencia étnica, situación migratoria y zona de residencia, entre otras.

 

Desde el Fondo de Población de las Naciones Unidas - UNFPA - Colombia y el Ministerio de Salud y Protección Social - Minsalud, continuaremos el trabajo conjunto para aportar en el logro de poner fin a las violencias por razones de género, particularmente del feminicidio, desde la incidencia a nivel institucional y de medición con las instituciones participantes del Comité del Sistema Integrado de información sobre Violencias de Género - SIVIGE.

 

[1] Fiscalía General de la Nación, 2022. Conteo víctimas. Datos abiertos. Recuperado de:https://www.datos.gov.co/Justicia-y-Derecho/Conteo-de-V-ctimas/sft7-9im5

[2] Defensoría del Pueblo, 2021. Según Defensoría, 35 mujeres transgénero han sido asesinadas durante el 2021. Recuperado de: https://www.defensoria.gov.co/es/nube/enlosmedios/10647/Seg%C3%BAn-Defensor%C3%ADa-35-mujeres-transg%C3%A9nero-han-sido-asesinadas-durante-el-2021.htm

[3] Tweet de la Fundación Feminicidios Colombia 2022. Recuperado de: https://twitter.com/feminicidioscol?s=11&t=Ri9MCggz-WDbDydVuk8lAw

[4] Tweet de la Red Comunitaria Trans 2022. Recuperado de: https://twitter.com/redcomunitariat?s=11&t=Ri9MCggz-WDbDydVuk8lAw

[5] Congreso de Colombia, 2015. Ley 1761 del 6 de julio de 2015. Recuperado de: http://wp.presidencia.gov.co/sitios/normativa/leyes/Documents/LEY%201761%20DEL%2006%20DE%20JULIO%20DE%202015.pdf