|
Vigilancia en salud pública
de la mortalidad materna
Los actores del SGSSS (IPS, EPS, ARS y DTS)
no realizan un proceso periódico de seguimiento y análisis
de la mortalidad materna.
Implementar el modelo de vigilancia de mortalidad
materna en todo el territorio nacional para que se realice de
manera sistemática, efectiva y oportuna.
Realizar vigilancia de los casos de mortalidad
materna, para establecer las causas, los factores asociados, las
patologías relacionadas, los procesos que pueden estar
relacionados y las medidas concretas de mejoramiento.
Aplicar el modelo de vigilancia de la mortalidad
materna en todos los departamentos del país y en las EPS,
ARS e IPS.
Acciones relacionadas
- Determinar y validar los contenidos mínimos
para el análisis en las historias clínicas maternas
así como el sistema de información (datos, periodicidad,
forma de envío, procesos de análisis, verificación
en campo, entre otras) y sus características.
- Lograr que los Comités de Estadísticas
Vitales y Comités de Vigilancia Epidemiológica
de la Mortalidad Materna se encuentren operando en las áreas
de intervención que se determinen como prioritarias en
el país.
- Diseñar los protocolos de vigilancia
de los factores de riesgo asociados a la mortalidad y morbilidad
maternas.
- Emitir los actos legislativos complementarios
a los existentes que sean necesarios para implementar el modelo
de vigilancia.
- Capacitar el recurso humano de IPS, EPS,
ARS y DTS en la aplicación de los protocolos.
- Hacer públicos los resultados de los
análisis realizados para generar sensibilización
y control social.
- Generar un instrumento que identifique las
zonas (municipios, localidades, entre otras) de riesgo en departamentos
y distritos para focalizar los esfuerzos y adaptar o intensificar
las medidas en donde sea necesario.
Actores
- Ministerio de la Protección
Social y el Instituto Nacional de Salud: establecerán
en conjunto con las agencias de cooperación internacional
y las DTS las condiciones de operación del Sistema de
Vigilancia de la Mortalidad Materna.
- Direcciones Territoriales de Salud: deberán
garantizar la operación del sistema en su territorio
de conformidad con las pautas establecidas. Para ello deberán
estimar las necesidades puntuales en capacitación de
recurso humano y tecnología disponible.
- EPS, ARS: deberán funcionar como notificadoras
y realizar el proceso de análisis al interior de su entidad,
así como participar de las actividades que para realizar
retroalimentación y medidas de mejoramiento organicen
las entidades territoriales, el Instituto Nacional de Salud
o el Ministerio de la Protección Social.
- IPS: funcionarán como entes notificadores
y, a su vez, deberán realizar el seguimiento de cada
uno de los casos que se presenten y participar en las acciones
correctivas o de mejoramiento que se establezcan.
- Sociedades científicas: deberán
participar en el proceso de análisis y capacitar al recurso
humano en salud sobre el proceso de vigilancia.
- Superintendencia Nacional de Salud: vigilará
de manera continua y permanente el cumplimiento de las medidas
correctivas, sancionatorias, punitivas o de mejoramiento que
se tomen como resultado del análisis realizado.
Implementar una intervención articulada
con los actores del SGSSS para realizar la revisión crítica
de las muertes maternas, su patrón de comportamiento y
las causas de muerte en el territorio nacional y así mismo
proponer las alternativas de solución más costoefectivas.
Establecer un organismo consultor ad hoc para
determinar el patrón y comportamiento de las muertes maternas
en el país, su evitabilidad y para facilitar la toma de
decisiones y medidas de intervención para reducir las muertes
maternas.
Crear un comité nacional asesor (órgano
de consulta ad hoc) para la reducción de la mortalidad
materna.
Acciones relacionadas
- Identificar el patrón y la
causalidad de las muertes maternas por regiones del país
e identificar los factores determinantes con el propósito
de establecer la evitabilidad de éstas.
- Desarrollar recomendaciones de carácter
técnico y administrativo tendientes a mejorar la integralidad
de las acciones en salud sexual y reproductiva en el Sistema
General de Seguridad Social en Salud.
- Establecer las medidas promocionales, preventivas
y correctivas para reducir las muertes en términos de
evitabilidad con base en el comportamiento y la causalidad de
las muertes, con el propósito de que el sector asuma
procesos de mejoramiento del acceso, la calidad y la oportunidad.
- Dar soporte a la toma de decisiones técnico-normativas
del Ministerio de la Protección Social, Entidades Territoriales,
EPS y ARS en el área de salud materna.
Actores
- Ministerio de la Protección Social:
movilizará a los actores necesarios para conformar el
comité nacional asesor. Participará con el equipo
técnico necesario para el análisis de las muertes
maternas y los mecanismos necesarios para su reducción
desde cada uno de los actores del SGSSS.
- Superintendencia Nacional de Salud: vigilará
de manera continua y permanente el cumplimiento de las medidas
correctivas, sancionatorias, punitivas o de mejoramiento que
se tomen como resultado del análisis realizado.
- Instituto Nacional de Salud: participará
en el análisis e impulsará medidas concretas a
implementar en la vigilancia de la morbilidad y la mortalidad
materna.
- Instituto Nacional de Medicina Legal: participará
en el análisis de mortalidad y aportará la información
necesaria para determinar los factores de riesgo asociados.
- Departamento Administrativo Nacional de Estadística
(DANE): participará y apoyará con la información
necesaria para la toma de decisiones en el Comité.
- EPS, ARS: deberán participar del análisis
e impulsar las medidas de mejoramiento que se identifiquen en
el análisis de las muertes.
• Red de Centros CLAP, sociedades científicas y ONG:
participarán en el análisis de la mortalidad y
sus factores asociados así como en la propuesta de medidas
concretas que se puedan realizar para mejorar la situación.
- Agencias de cooperación internacional:
apoyarán técnica y administrativamente las actividades
del comité y la implementación de medidas para
la reducción de la mortalidad materna.
- IPS: deberán participar del
análisis y realizar las acciones consecuentes con éste
así como las medidas de mejoramiento que se identifiquen.
|