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Vigilancia intensificada del cumplimiento de los estándares mínimos para la atención prenatal y obstétrica integral en la red de instituciones prestadoras de servicios

Barrera

La red de servicios disponible presenta diferentes condiciones de desarrollo y se encuentran zonas muy desprotegidas, con una red insuficiente y mal aprovisionada para la atención prenatal y obstétrica integral.

Estrategia

Intensificar el proceso de habilitación y auditoría de calidad para los servicios relacionados con la atención prenatal y obstétrica integral, y la referencia y la contrarreferencia dentro del marco del Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad.

Objetivo

Garantizar las condiciones y procesos mínimos en las IPS requeridos para la segura atención prenatal y obstétrica integral.

Acción

Verificar los estándares básicos (infraestructura, recurso humano, procesos, referencia y contrarreferencia, transporte, entre otros) para el cuidado prenatal y obstétrico de acuerdo con el nivel de complejidad y las directrices del Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad.

Acciones relacionadas

  • Garantizar el cumplimiento de los estándares necesarios para la adecuada atención prenatal y obstétrica, en el proceso de habilitación de IPS a cargo de las Direcciones Territoriales de Salud en todo el territorio nacional.
  • Intensificar el seguimiento a los planes de mejoramiento de las IPS, específicamente en lo relacionado con los estándares de cuidado obstétrico esencial e integral.
  • Analizar y evaluar los mecanismos de referencia y contrarreferencia de la urgencia obstétrica y perinatal.
  • Vigilar que las IPS realicen la medición de la calidad centrada en el usuario/a (gestantes y sus familias) a través del conocimiento de su satisfacción frente a la atención obstétrica.

Actores

  • Ministerio de la Protección Social: encargado de verificar el cumplimiento del proceso de habilitación a través de la información proveniente de las Direcciones Territoriales de Salud. Encargado de revisar los estándares determinados en la reglamentación vigente para el cuidado obstétrico esencial e integral, con el fin de garantizar que se encuentren expresos dentro del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad.
  • Direcciones Territoriales de Salud: encargadas de realizar la verificación de las condiciones de habilitación de las IPS de su territorio y corroborar el cumplimiento de las acciones determinadas en los planes de mejoramiento. Las DTS deberán establecer vigilancia continua y auditoría de las condiciones mínimas para la habilitación de la atención prenatal y obstétrica, la referencia de pacientes y el traslado de los/as mismos/as.
  • EPS y ARS: encargadas de garantizar que su red de instituciones prestadoras de servicios, propia o contratada, para servicios prenatales y obstétricos se encuentre habilitada y cuente con los mecanismos necesarios y efectivos para la referencia y la contrarreferencia y para el traslado de pacientes. Adicionalmente deberán contar con los mecanismos administrativos y de autorización más expeditos para que se puedan realizar, sin barreras administrativas, los procedimientos durante las 24 horas.
  • IPS: deberán cumplir con los estándares necesarios para habilitarse y con las directrices de las DTS de acuerdo con su nivel de complejidad. Deberán, igualmente, cumplir con las condiciones necesarias y efectivas para realizar los procesos de referencia y contrarreferencia y para el traslado de pacientes.

 

 

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