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Vigilancia intensificada
del cumplimiento de los estándares mínimos para
la atención prenatal y obstétrica integral en la
red de instituciones prestadoras de servicios
La red de servicios disponible presenta diferentes
condiciones de desarrollo y se encuentran zonas muy desprotegidas,
con una red insuficiente y mal aprovisionada para la atención
prenatal y obstétrica integral.
Intensificar el proceso de habilitación
y auditoría de calidad para los servicios relacionados
con la atención prenatal y obstétrica integral,
y la referencia y la contrarreferencia dentro del marco del Sistema
Obligatorio de Garantía de la Calidad.
Garantizar las condiciones y procesos mínimos
en las IPS requeridos para la segura atención prenatal
y obstétrica integral.
Verificar los estándares básicos
(infraestructura, recurso humano, procesos, referencia y contrarreferencia,
transporte, entre otros) para el cuidado prenatal y obstétrico
de acuerdo con el nivel de complejidad y las directrices del Sistema
Obligatorio de Garantía de la Calidad.
- Garantizar el cumplimiento de los estándares
necesarios para la adecuada atención prenatal y obstétrica,
en el proceso de habilitación de IPS a cargo de las Direcciones
Territoriales de Salud en todo el territorio nacional.
- Intensificar el seguimiento a los planes
de mejoramiento de las IPS, específicamente en lo relacionado
con los estándares de cuidado obstétrico esencial
e integral.
- Analizar y evaluar los mecanismos de referencia
y contrarreferencia de la urgencia obstétrica y perinatal.
- Vigilar que las IPS realicen la medición
de la calidad centrada en el usuario/a (gestantes y sus familias)
a través del conocimiento de su satisfacción frente
a la atención obstétrica.
- Ministerio de la Protección Social:
encargado de verificar el cumplimiento del proceso de habilitación
a través de la información proveniente de las
Direcciones Territoriales de Salud. Encargado de revisar los
estándares determinados en la reglamentación vigente
para el cuidado obstétrico esencial e integral, con el
fin de garantizar que se encuentren expresos dentro del Sistema
Obligatorio de Garantía de Calidad.
- Direcciones Territoriales de Salud: encargadas
de realizar la verificación de las condiciones de habilitación
de las IPS de su territorio y corroborar el cumplimiento de
las acciones determinadas en los planes de mejoramiento. Las
DTS deberán establecer vigilancia continua y auditoría
de las condiciones mínimas para la habilitación
de la atención prenatal y obstétrica, la referencia
de pacientes y el traslado de los/as mismos/as.
- EPS y ARS: encargadas de garantizar que su
red de instituciones prestadoras de servicios, propia o contratada,
para servicios prenatales y obstétricos se encuentre
habilitada y cuente con los mecanismos necesarios y efectivos
para la referencia y la contrarreferencia y para el traslado
de pacientes. Adicionalmente deberán contar con los mecanismos
administrativos y de autorización más expeditos
para que se puedan realizar, sin barreras administrativas, los
procedimientos durante las 24 horas.
- IPS: deberán cumplir con los estándares
necesarios para habilitarse y con las directrices de las DTS
de acuerdo con su nivel de complejidad. Deberán, igualmente,
cumplir con las condiciones necesarias y efectivas para realizar
los procesos de referencia y contrarreferencia y para el traslado
de pacientes.
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